martes, 20 de octubre de 2015

FINANCIAMIENTO PARA LA INNOVACION TECNOLOGICA

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llaman a la presentación de proyectos de innovación tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables (ANR 1600) destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas PyMEs en el marco del Programa de Innovación Tecnológica III (PIT III).

OBJETIVO

Financiar parcialmente proyectos que tengan como  meta mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas de distintas ramas de actividad, mediante “proyectos de innovación y desarrollo tecnológico”, que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de productos y/o procesos. Para el logro de estos objetivos, es importante articular los impulsos emprendedores de las empresas, con la capacidad y desarrollo de las instituciones científico tecnológicos de todo el país.
 
BENEFICIARIOS
Empresas que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.
 
PROYECTOS ELEGIBLES
Aportes  No Reembolsables para proyectos de desarrollo tecnológico: Se financiarán proyectos que se orienten a:
  • Desarrollo de tecnología a escala piloto y prototipo
  • Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrollo alcanza una escala de laboratorio o equivalente.
  • Desarrollo de cualidades innovadoras de nuevos procesos y productos a escala piloto o de prototipo.
  • Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de ingeniería.
 
FINANCIACIÓN Y PLAZOS DE EJECUCIÓN
  • Aportes No Reembolsables de hasta PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($1.600.000). En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.
  • En ningún caso podrá asignarse a una empresa subsidios por un monto mayor a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($1.600.000), pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los montos de ANR solicitados no exceda este monto.
  • Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 36 meses.
 
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Las bases y formularios de la convocatoria podrán solicitarse por correo electrónico a: anr@mincyt.gob.ar u obtenerse desde la columna "Enlaces de la publicación" accesible mediante esta misma página. La presentación deberá instrumentarse a través del sistema on line que figura en la página web del FONTAR y mediante sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la  leyenda “ANR 2014 C3 – 1.600”, N° asignado por el sistema on-line y la identificación de la empresa. Dentro del mismo se incluirán dos (2) juegos completos (original y copia) de los formularios y de la documentación anexa, firmados en todas sus páginas. La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria podrá realizarse en la Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877 o en la ANPCyT- FONTAR: Godoy Cruz 2370 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La información presentada por sistema y en papel deberá ser coincidente.

Para mas información: http://www.agencia.mincyt.gob.ar/frontend/agencia/convocatoria/319 

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