miércoles, 10 de mayo de 2017

Financiamiento: Consejo Federal de Ciencia y Tecnología

Informamos las herramientas de financiamiento vigentes del Consejo Federal de Ciencia y Tecnología (COFECYT), dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología de la Nación.
Estos Programas, sugeridos a continuación, tienen como beneficiarios a personas jurídicas, organismos gubernamentales y no gubernamentales, con los avales correspondientes de su jurisdicción. 
1) Proyectos Federales de Innovación Productiva Eslabonamientos Productivos Vinculados (ANR) 
Objetivo: dotar de mayor competitividad a los sectores productivos provinciales a partir de la identificación de oportunidades de mejora que impliquen Demandas de Innovación Tecnológica, cuya satisfacción exige innovar en sectores o actores del sistema productivo y científico-tecnológico. El monto máximo a financiar es hasta $ 4 millones por jurisdicción.
2) Proyectos Federales de Innovación Productiva Medio Ambiente y Energías Alternativas
Objetivo: financiar aquellos proyectos sustentables que tengan como finalidad el cuidado y protección del ambiente y la calidad de vida de la población, la adopción de tecnologías indispensables para preservar y asegurar una utilización racional de los recursos naturales, así como también la distribución de energía suficiente en todo el país y en todos los niveles sociales de la población. Se destinará un monto total de $ 48 millones, siendo los aportes no reembolsables de hasta $ 2 millones por jurisdicción. 
3) Proyectos Federales de Innovación Productiva Recursos Naturales 
Objetivo: a partir de la generación y transferencia del conocimiento, se intenta resolver los problemas sociales y productivos concretos -de alcance municipal, provincial o regional-, identificados como prioritarios por las autoridades provinciales ante el COFECYT, a través de proyectos del sector público y privado. Además, fomentar la incorporación de tecnología en la sociedad y en las empresas, y a su cultura innovadora. Se destinará un monto total de $ 48 millones, siendo los aportes no reembolsables de hasta $ 2 millones por jurisdicción.
4) Proyectos Específicos Bioeconomías Regionales 
Objetivo: responder a demandas que impacten de manera regional y/o provincial a través del desarrollo de proyectos específicos en el marco de bioeconomías regionales.  Las mismas estarán enfocadas a la convergencia de las nuevas tecnologías en los sectores productivos tradicionales, que sustituyan el modelo de industrialización actual y/o lo perfeccionen de manera sostenible, eficiente y eficaz. Se destinará un monto total de $ 36 millones, siendo los aportes no reembolsables de hasta $ 6 millones por jurisdicción.

El Gobierno impulsa la comercialización de energía renovable entre privados

Se permitirá a usuarios volcar energía limpia autogenerada a la red y se reglamentarán acuerdos de compraventa energética entre empresas
Para dar un nuevo envión a las energías renovables, el Gobierno está trabajando en dos frentes. Por un lado, el Ministerio de Energía está reglamentando los PPAs (power purchase agreements) que permitirán a grandes usuarios (generalmente empresas), comercializar entre ellos la energía limpia que generan. Por otra parte, se debate en el Congreso una Ley nacional de energía distribuida que habilitará a las pymes y usuarios finales a volcar a la red la energía renovable autogenerada que no utilizan.
"Esto generará nuevos negocios con empleo local, baja de costos, reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y un ahorro de divisas al reemplazar energía fósil que hoy se importa, por energía limpia que se produce localmente cerca de su consumo", ilustró Marcelo Alvarez, presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables (Cader). Para el directivo, "La ley de distribuidas generará la oportunidad para los parques industriales, muchos de ellos construidos como negocio inmobiliario pero sin pensar en el abastecimiento energético, de instalar centrales de autoabastecimiento con energía limpia y a bajo costo".
En tanto, "hay más de 8000 grandes usuarios, obligados por la Ley de Energías Renovables (27.191) a alcanzar un 20% de su consumo eléctrico en base a renovables de aquí a 2025", destacó por su parte Juan Bosch, presidente del "trader" energético Saesa. "La mayoría de ellas están pensando en un mix de producir su propia energía y salir a comprar a un comercializador privado, que le ofrecerá un precio más competitivo o un contrato más adaptado a su necesidad puntual que la estatal Cammesa (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico)". Para esto, se espera que en las próximas semanas esté lista la reglamentación de los PPAs.
En tanto, la Ley de Energías Distribuidas avanza en la Cámara de diputados "con un amplio consenso", según destacó el diputado oficialista Juan Carlos Villalonga, ex Greenpeace y uno de los autores del proyecto. Si bien hay provincias (Santa Fe, Salta y Mendoza, entre otras) que ya permiten a medianos usuarios y consumidores finales volcar energía limpia autogenerada a la red, "el esquema no se masificó por falta de incentivos", señaló el legislador.
"Una Ley Nacional permitirá establecer un régimen unificado de exigencias técnicas, y además se creará un fondo específico para las distribuías (Fodis, que se suma al Fondo para las energías renovables, Foder), el cual surgirá de un aporte del 3% del consumo tarifario que haremos todos los consumidores, exceptuando a quienes tienen tarifa social", explicó. Con estos fondos nacionales, las provincias podrán delinear incentivos para que las pymes y usuarios finales inviertan en energías renovables y vuelquen lo que les sobra a la red.
"La ley de distribuidas tendrá un impacto inmediato en el empleo -apuntó Villalonga-, ya que por cada Mw instalado a nivel de hogares, pequeñas industrias o comercios, se generan 20 a 30 puestos de trabajo para la instalación y mantenimiento", destacó.
Esta mayor demanda de técnicos e instaladores "ya se está notando, y muchas empresas de mantenimiento eléctrico se están reconvirtiendo hacia las renovables", afirmó Pablo Greco, director de Hisuma Solar, especializada en la instalación de paneles fotovoltaicos.

Fuente: El cronista (https://www.cronista.com/) 

Programa “Sistemas Productivos Locales” del Ministerio de Producción


El programa Sistemas Productivos Locales a cargo del Ministerio de Producción de la Nación brinda asistencia técnica y económica a grupos de Pymes o cooperativas para implementar, desarrollar y fortalecer proyectos productivos que beneficien a sus integrantes y a la comunidad a la que pertenecen. 
Financiamiento
Otorga Aportes No Reembolsables (ANR) de hasta $ 1.500.000 para proyectos de inversión de grupos asociativos nuevos; hasta $ 2.040.000 para grupos fortalecidos; y hasta $ 4.200.000 para la instalación de centros y laboratorios de investigación, desarrollo e innovación en parques y áreas industriales.
MODALIDADES
1. Planes y proyectos de inversión para grupos asociativos 
A) Planes de Asociatividad para el Desarrollo Productivo: brinda asistencia técnica y económica a grupos asociativos nuevos o preexistentes en la ejecución de un plan de corto y mediano plazo con vistas a potenciar la competitividad de las empresas asociadas y el proceso de integración asociativa.
B) Proyecto de Inversión para Grupos Asociativos Fortalecidos: se solventa parte de las actividades de un Proyecto de Inversión presentado por grupos preexistentes y consolidados. El Proyecto de Inversión debe apuntar al desarrollo y fortalecimiento de la producción industrial. 
2. Planes y proyectos de inversión para cooperativas
A) Planes de Fortalecimiento Cooperativo: la cooperativa puede contratar un coordinador por el plazo de un año para que los asista en el desarrollo de un plan de fortalecimiento, así como también formule y realice el seguimiento de un proyecto de inversión. El Programa reintegra a la cooperativa el 100 % de los honorarios del coordinador durante seis meses y el 50 % durante el siguiente semestre. 
B)  Proyectos de Cooperativas Fortalecidas: si el Programa evalúa que la cooperativa no requiere de la asistencia del coordinador, puede presentar directamente un proyecto de inversión destinado al desarrollo y fortalecimiento de la producción industrial. En este caso, se otorga un monto máximo de ANR por cooperativa de $ 2.040.000 y el aporte local debe ser igual o superior al 40 % del total del proyecto.
3. Proyectos de fortalecimiento de sistemas productivos locales
Se apoyan proyectos de inversión orientados a la puesta en marcha de Centros de Servicios Industriales y Laboratorios de Investigación, Desarrollo e Innovación en parques, áreas u otros aglomerados industriales. Se otorga un monto máximo de ANR de $ 4.200.000 por grupo asociativo y el aporte local debe ser igual o superior al 40 % del total del proyecto.



Certificado de Origen Digital (COD) entre Argentina y Brasil


A través de la Resolución General 4043-E, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los exportadores de mercadería con destino a Brasil y los importadores que ingresen mercadería originaria de ese país, cuyas operaciones se registren a partir del 10 de mayo de 2017, podrán utilizar el Certificado de Origen Digital (COD) implementado por la Resolución General N° 3.942 y su complementaria, o el certificado de origen en formato papel.
A efectos de presentar el COD, el auxiliar del servicio aduanero deberá ingresar al servicio “SETI Certificado de Origen Digital”, disponible en el sitio web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar), utilizando la Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 3. 
Cabe destacar que se podrá utilizar el certificado de origen en formato papel aun cuando se hubiera presentado un certificado digital, siempre que al registrar la destinación de importación se indique la modalidad de certificación mencionada en primer término.
Asimismo, a efectos de solicitar la liberación de una garantía por la falta del certificado de origen, el operador de comercio exterior deberá presentar el certificado en formato papel únicamente. Ello así, hasta tanto esté operativo el procedimiento informático de liberación de garantías mediante la presentación del COD, lo cual será comunicado en el micrositio “Certificado de Origen Digital (COD)” del sitio web del organismo.

Actividad libre y gratuita: Seminario de Herramientas Digitales


lunes, 8 de mayo de 2017

Expo "Eficiencia energética"


Los días 7, 8 y 9 de junio se realizará la expo “Eficiencia Energética Argentina 2017”, un espacio en el cual las principales empresas del sector darán a conocer soluciones y los últimos adelantos tecnológicos para el ahorro y la generación de energía por medio de fuentes alternativas.
Esta exposición, que se realizará en Centro Costa Salguero (C.A.B.A), tiene como objetivo impulsar una nueva conciencia sobre el ahorro energético y comprometer a todos los actores involucrados, como el gobierno, las empresas y la sociedad en general, para realizar los cambios reales y concretos que merece la Argentina.
En el evento se dictarán diferentes conferencias especializadas, cursos y seminarios con el fin de dar a conocer técnicas para optimizar el uso de la energía. Las mismas estarán a cargo de profesionales de diferentes instituciones y cámaras, tanto del ámbito local como del exterior.

Para más información, escribir a info@expoeficiencia-energética.com o ingresar en la web www.expoeficiencia-energetica.com

Incremento del costo del gas a partir del 01/04/17


Como resultado de las Audiencias Públicas (AP) realizadas durante el mes de diciembre de 2016 y la AP convocada por el MINEM el 10/03/17, el ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios a aplicar por las Transportistas (TGN y TGS), así como los correspondientes a las Licenciatarias de Distribución, vigentes a partir del 01 de abril de 2017.
En la mencionada AP del día 10/03/17, convocada por el MINEM, se trataron los nuevos precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) (*), y del gas propano destinado a su distribución indiluído por redes.
 (*) Asimilamos al PGBP (Precio del Gas en Boca de Pozo)

Es importante tener en cuenta que el costo del gas para un usuario se  compone por:
Precio del Gas Boca de Pozo + Transporte + Distribución + Imp.
Las resoluciones afectan tanto a los usuarios que reciben el Servicio Pleno de la Distribuidora como aquellos que Compran el gas a un Productor y/o Comercializador y pagan el Transporte y la Distribución a la Distribuidora.
Acorde la instrucción recibida del MINEM, el ENARGAS aprobó los incrementos tarifarios de las distribuidoras de modo escalonado, según la siguiente progresión; 30% a partir del 01 de abril 2017, 40% a partir del 01 de diciembre 2017 y el 30%  restante a partir del 01 de abril 2018.
El cuadro tarifario conteniendo el valor total correspondiente a la RTI (Revisión Tarifaria Integral) figura como Anexo I de la resolución correspondiente a cada Distribuidora.
El cuadro tarifario correspondiente al 01 de abril 2017 figura como Anexo II para cada Distribuidora, ajustándose del modo indicado más arriba.

A la vez se aprobó una Adecuación semestral de la Tarifa, mediante la
Variación semestral del índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) - Nivel General publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

El primer ajuste será diciembre 2017, segundo abril de 2018, luego ajustes semestrales a partir de octubre 2018.
A continuación se analiza el impacto de la nueva normativa según los dos grandes tipos de usuarios.

USUARIOS que Reciben  Servicio Pleno de la distribuidora:

Estos usuarios son los categorizados como Residenciales (R), y los Servicio General P: P1, P2 y P3 (con consumos menores a 180.000 m3/año).
En este caso el precio del gas (PGBP) promedio ponderado  pasó de 3,42 a 3,77 (Incluyendo al sector Residencial R) us$/MBTu a partir de 01 de abril de 2017 en general.
Particularmente  para las categorías P1 y P2 pasó de 0,90 a 1,26 us$/MBTu y para la categoría P3 de 2,48 a 2,93 us$/MBTu como se indica en el cuadro de abajo. Para pasar a $/m3 multiplicar u$s/MBTu por 0,59    (1 u$s=16 $)



Fuente: MINEM

Estos valores, sumados a los incrementos en el costo del Transporte y de la Distribución conforman los recientes cuadros tarifarios aprobados por el ENARGAS para cada distribuidora. Si se adicionan los impuestos (aprox. 30%) se tiene el Costo del gas para el usuario.
Costo final antes de impuestos para Usuario SGP
Tomado como ejemplo estimativo a un usuario conectado a METROGAS o GAS BAN en Bs. As. Categoría P2 con 108.000 m3/año, (9.000 m3/mes) debería esperar un incremento (Abril/Marzo) del 62% para Metrogas y del 49%  para Gas Ban
Aclaración sobre categoría de Usuario
  • SG P1: Hasta 12.000 m3/año
  • SG P2: de 12.001 hasta 108.000m3/año
  • SG P3: más de 108.000 m3/año hasta 180.000 m3/año. Más de 180 mil m3/año, debe comprar el gas a un productor y/o comercializador.
USUARIOS que compran gas a un productor y/o comercializador
Son aquellos Usuarios categorizados como Servicio General G, Gas Natural Comprimido, Servicio General "P" con consumo superior a 180.000 metros cúbicos al año, y Grandes Usuarios, y que deberán adquirir el gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte en cantidad suficiente para su consumo propio en forma directa a Productores o a través de Comercializadores habilitados a tal fin, recibiendo de la Distribuidora los servicios de Distribución y/o Transporte de dicho Gas hasta su Punto de Consumo.
O sea; negocian el Precio del Gas Boca de Pozo + (Transporte + Distribución)
Estos usuarios tienen contratos que se renuevan anualmente y cuya fecha de vencimiento (en la mayoría de los casos será durante el próximo mes de mayo) y sus precios tomaron como referencia el precio del gas para las centrales térmicas (pasó de 2,65 a 5,20 us$/MBTu en abril de 2016).
Precio del Gas BP: A la fecha no se tiene referencia de los valores a los que ofertaran los Productores/Comercializadores. Dado el peso que tiene el gas importado de Bolivia que compra ENARSA, se debe tener en cuenta el ajuste de su valor (ecuación polinómica conformada con líquidos alternativos) que se realiza cada 6 meses.
Es importante tener en cuenta el sendero de precios del GBP establecido por el MINEM, mostrado en la tabla anterior, para el resto de los usuarios.
Transporte y distribución: Nuevos valores aprobados por el ENARGAS a partir del 01 de abril 2017.
Existen variantes de contratación en función de la capacidad de transporte y las características del servicio. Ver aclaración (*)
Al efecto de tener una estimación de los incrementos esperados en el servicio de Transporte y Distribución, se toma un usuario P3 con un consumo de más de 180.000 m3/año y un Gran Usuario (GU), ambos en el área de METROGAS o GAS BAN
Usuario categoría P3; Consumo anual 200.000 m3. Bs. As. Incremento Abril/Marzo: Metrogas 39%,   Gas Ban 37%
Usuario categoría GU - FD- FT Consumo 10.000 m3/día; 3.365.000 m3/año Bs. As. (Conectado a la red del distribuidor); Incremento Abril/Marzo: Metrogas 39%,  Gas Ban 37%

(*) Aclaración
Gran Usuario "ID":
Contrata servicio de distribución de gas que incluye una cantidad mínima anual de 3.000.000 m3, y un plazo contractual no menor a doce meses. El servicio prestado en esta categoría es interrumpible y estará sujeto a reducción o interrupción
Gran Usuario "FD":
Contrata servicio de distribución de gas que incluya una cantidad mínima diaria contractual de 10.000 m3 y un plazo no menor a doce meses. El servicio prestado se realiza en base Firme, ello implica que no prevé interrupción, salvo por las razones enumeradas en los Artículos 10, 11 y 12 de las Condiciones Generales del Reglamento.
Gran Usuario "FT":
Servicio que presta una Distribuidora a un cliente con conexión directa al Sistema de Transporte de un Transportista, celebrado un contrato de servicio de transporte de gas por una cantidad mínima diaria de 10.000 m3. Este servicio se presta por contrato con plazo no menor a doce meses y se realiza sobre una base firme, ello implica que no prevé interrupción salvo por las razones enumeradas en los Artículos 10, 11 y 12 de las Condiciones Generales del Reglamento.
Gran Usuario "IT":
Servicio para un cliente con conexión directa al Sistema de Transporte de un Transportista, siempre que haya celebrado un contrato de servicio de transporte de gas que incluya una cantidad mínima anual de 3.000.000 m3, y un plazo contractual no menor a doce meses. El servicio prestado en esta categoría es interrumpible y estará sujeto a reducción o interrupción (i) con 6 horas de aviso por parte de la Distribuidora, y (ii) por las razones enumeradas en los Artículos 10, 11 y 12 de las Condiciones Generales del Reglamento.